
Diana Carolina Reina es la nueva gerente del CDAV
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PICO Y PLACA, VEHICULOS PARTICULARES , A PARTIR DEL LUNES 24 DE ENERO DE 2022 LÚNES 7- 8, MARTES 9-0, MIERCOLES 1-2, JUEVES 3-4, VIERNES 5-6
Cinco puntos clave que debes conocer sobre la jornada de 12 horas que se realizará el jueves 22 de septiembre de 2022.
1. ¿Cuándo y por qué se realizará la jornada sin carro y moto en Cali?
La jornada se llevará a cabo el jueves 22 de septiembre de 2022, de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., en el marco de la celebración del ‘Día Mundial del No carro’, que se realiza en 1810 ciudades del mundo. Cali se une a esta celebración con una jornada de 12 horas sin carros y sin motos. El objetivo: reencontrarnos, reorganizarnos y reconciliarnos con la movilidad activa.
Actualmente en Cali circulan aproximadamente un millón de vehículos. Realizar el día sin carro y sin moto significa un respiro para la ciudad y sus habitantes, disminuyen los riesgos y bajan los índices de siniestralidad vial y la contaminación ambiental producida por las emisiones de gases como el CO2. Con esta jornada se promueve la actividad física y el uso del transporte sostenible: bicicleta, caminar o el transporte público.
¿Cómo nos preparamos para el día sin carro y moto?
Datos relevantes:
2. ¿Cómo funcionará la jornada sin carro y moto en Cali y cuál es su objetivo?
Desde las 7:00 a.m. y hasta las 7:00 p.m., no se permitirá la circulación de vehículos o motocicletas que no se encuentren en la lista de las excepciones del decreto. Todo esto con el fin de hacer uso de medios de transporte alternativos, como herramienta para fortalecer la calidad de vida de la ciudadanía y en procura del cuidado del medio ambiente y la promoción de estilos de vida más saludables, a través de la movilidad activa en el Distrito Especial de Santiago de Cali. La jornada se enfoca en la transformación de comportamientos con miras a propiciar una movilidad sostenible y, lo más importante, a estrechar lazos entre comunidad, autoridad y Gobierno Distrital.
3. ¿Quiénes participan de la jornada sin carro y moto?
El día sin carro y moto en Cali está diseñado para todos los ciudadanos. La Secretaría de Movilidad Distrital invita a caleños y caleñas a participar de cada una de las actividades que se desarrollarán, las cuales han sido previamente organizadas en un trabajo interinstitucional de la Alcaldía.
4. ¿Cuáles son las actividades que se realizarán durante la jornada?
Una jornada sin carro y sin moto no significa que la ciudad y su economía se detienen. Por el contrario, se transforma y evidencia cómo Cali puede continuar con todas las actividades en calidad de Distrito Turístico, Deportivo y Cultural, sin la necesidad de vehículos automotores. Durante 12 horas, ciudadanos y ciudadanas podrán participar de las siguientes actividades…
Punto de encuentro: avenida Roosevelt con carrera 50.
Hora: 2:00 p.m.
Destino final: Parque del Perro (San Fernando).
Espacio creado por la Secretaría de Movilidad y su equipo de Educación y Cultura. Se desarrollarán acciones encaminadas a la seguridad vial y la protección de la vida en la vía. Las aulas se ubicarán en diferentes puntos de la ciudad y se realizarán actividades pedagógicas.
Origen norte: Parque Versalles.
Primera parada: Parque Jovita.
Última parada: Parque del Éxito de San Fernando.
Tiempo caminata: 20 minutos.
Tiempo bicicleta: 15 minutos
Lugar: Glorieta de Siloé.
Hora: desde las 11:00 a.m.
Serán tres recorridos guiados por el bosque urbano ‘Guadual de la 56’.
Horario: 9:00 a.m. – 11:00 a.m. – 3:00 p.m.
Punto de salida y llegada: carrera 56 con calle 9ª.
Durante la jornada de 12 horas sin carro y moto, podrán transitar los vehículos de transporte especial, incluido el escolar.
Conozca el listado de excepciones para movilizarse:
1. Caravana presidencial, funcionarios del alto nivel ejecutivo nacional, Gobernador del Valle del Cauca, el Alcalde de Santiago de Cali y los embajadores y cónsules.
2. Vehículos operativos de los organismos de seguridad del Estado.
3. Vehículos para la atención de emergencias y del Dagma.
4. Vehículos tipo ambulancia y de atención médica personalizada, con identificación permanente no removible.
5. Vehículos de transporte de residuos y/o desechos hospitalarios.
6. Vehículos y motocicletas de tipo operativo, destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales.
7. Vehículos destinados al sistema de control, vigilancia y apoyo a Ia Secretaría de Movilidad; comisarías móviles de familia; al mantenimiento de vías públicas y a Ia construcción de obras civiles públicas de la Secretaría de Infraestructura; y a funciones misionales de la Secretaría de Salud Pública.
8. Vehículo que habitualmente transporte o sea conducido por persona en situación de discapacidad, con permiso de excepción a la medida de pico y placa.
9. Unidades móviles de producción y transmisión de video y/o audio, de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.
10. Vehículos conducidos o utilizados por personas que acrediten ser protegidas por el Estado, mediante DIPRO o la UNP.
11. Vehículo oficial utilizado por el Personero Municipal, el Procurador Provincial, el Procurador Regional, el Contralor Municipal, el Contralor Seccional del Valle, el Registrador de Instrumentos Públicos y el Defensor Regional del Pueblo.
12. Vehículos operativos de la Fiscalía General de la Nación y designados al transporte de jueces y magistrados durante la jornada.
13. Vehículos y motocicletas propulsados por motor híbrido y/o eléctrico, según su licencia de tránsito.
14. Vehículos operativos de la DIAN.
15. Vehículos destinados al transporte de alimentos perecederos, debidamente acondicionados y con autorización para transportar este tipo de mercancías. El conductor deberá portar el carné de manipulación y el carné de la empresa en un lugar visible.
16. Vehículos y motocicletas de vigilancia y seguridad privada destinados a la protección de personas, supervisión y monitoreo de alarmas, debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado y sólo durante la prestación del servicio.
17. Vehículos destinados al transportarte de valores, debidamente identificados y acondicionados.
18. Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros.
19. Vehículos y motocicletas que prestan el servicio a empresas de mensajería y a establecimientos de comercio que ofrecen servicio a domicilio, debidamente identificadas con logos y/o distintivos, pintados o adheridos al vehículo y/o en las cuales los conductores se encuentren debidamente uniformados e identificados como personal de los establecimientos mencionados.
20. Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística, que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
Sanciones por no acatar la medida y no portar los documentos que verifican que el vehículo o motocicleta esté exento…
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